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¿Qué son los Recursos Tributarios de Vía Administrativa?

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  Los recursos tributarios de vía administrativa que los contribuyentes o sus representantes pueden interponer contra las resoluciones en materia tributaria, son los que establece el Código Orgánico Tributario Venezolano y las leyes aduaneras.  La actividad administrativa tiene siempre que canalizarse a través de unos cauces determinados como requisito mínimo para que pueda ser reputada como legítima. Es decir,  la Administración  Pública  está en la obligación de seguir unos lineamientos mínimos de cara a ejercer la función administrativa.  Ese cauce que debe transitar   la Administración  Pública   para dictar un acto administrativo que surta efectos individuales o generales a los ciudadanos se llama procedimiento administrativo Históricamente el Estado en su organización y funcionamiento ha procurado los recursos económicos indispensables para cubrir los gastos públicos en que incurre, de esta manera la parte de la Hacienda Pública que se ...

¿Cuáles son los Recursos Tributarios de Vía Administrativa?

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  1- Recursos Jerárquicos : Es un medio de impugnación del acto administrativo, ejercido ante el superior jerárquico de la autoridad administrativa que dictó el acto impugnado. Es intentado por el contribuyente con el objeto de hacer valer sus derechos ante actos administrativos que lesionaron sus intereses, cumpliendo con las formalidades y los lapsos establecidos en el art. 242 del COT.  Es importante señalar que el recurso jerárquico es la única acción establecida en el COT para impugnar actos en vía administrativa, sin embargo se separa de lo dispuesto en la LOPA, que regula la actividad de la administración pública en general; la cual indica en su art. 95 que para el ejercicio del recurso jerárquico es indispensable solicitar previamente el recurso de reconsideración, que procede ante el funcionario que emitió el acto, donde se ejercerá el recurso jerárquico sobre una petición de reconsideración realizada por el contribuyente; a diferencia del COT donde el recurso se inte...

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Recursos Tributarios de Vía Judicial

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  1- Recurso Contencioso Tributario : Es un medio de impugnación, en vía judicial, de actos administrativos o providencias que pongan fin al acto como tal. Es necesario que el solicitante haya sido vulnerado directamente en sus intereses y derechos por decisiones de la administración. Generalmente se interpone el Recurso Contencioso cuando se han acudido a las instancias administrativas a través del recurso jerárquico o de revisión, y el interesado no ha obtenido respuestas en relación a lo solicitado; sin embargo no es una condición previa para la admisión del recurso, debido a que se puede solicitar la impugnación de un acto sin mediar en primer término con la administración, incluso se pueden ejercer los dos recursos (administrativos y judiciales) simultáneamente  El art. 259 del Código Orgánico Tributario indica las causas por las cuales el contribuyente puede optar por introducir el recurso ante las autoridades competentes. Se afirma que el Recurso Contencioso Tribut...

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Amparo Tributario

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  El amparo tributario es un recurso que se interpone ante el tribunal competente en lo contencioso tributario, cuando el interesado no obtenga respuesta de la administración tributaria frente a sus peticiones; es decir, después de haber agotado todos los mecanismos administrativos y judiciales que le permiten hacer valer sus derechos frente a actos administrativos que lesionen sus intereses, el administrado puede solicitar el amparo tributario como una medida para garantizar una decisión de los organismos competentes sobre las solicitudes hechas por él mismo, que han sido demoradas excesivamente y le han causado graves perjuicios que no podrán ser reparables por los medios procesales. El procedimiento a seguir para su interposición se encuentra en el art. 302 Cabe señalar que existe una diferencia entre el amparo constitucional y el amparo tributario; donde el primero se especifica que la acción se intenta contra los actos que de alguna manera afecten los derechos y garantías cons...

Conclusión

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  Para concluir se agrega que los recursos tributarios constituyen medios de defensa formal que la Ley tributaria establece y le permite al contribuyente o sujeto pasivo defenderse ante los órganos judiciales y administrativos de las decisiones de efectos particulares, precisar la ocurrencia de los hechos que son el sustento del derecho invocado porque a partir del acaecimiento de los hechos se impone la necesidad de aplicar una norma jurídica