Recursos Tributarios de Vía Judicial

 


1- Recurso Contencioso Tributario:

Es un medio de impugnación, en vía judicial, de actos administrativos o providencias que pongan fin al acto como tal. Es necesario que el solicitante haya sido vulnerado directamente en sus intereses y derechos por decisiones de la administración. Generalmente se interpone el Recurso Contencioso cuando se han acudido a las instancias administrativas a través del recurso jerárquico o de revisión, y el interesado no ha obtenido respuestas en relación a lo solicitado; sin embargo no es una condición previa para la admisión del recurso, debido a que se puede solicitar la impugnación de un acto sin mediar en primer término con la administración, incluso se pueden ejercer los dos recursos (administrativos y judiciales) simultáneamente

 El art. 259 del Código Orgánico Tributario indica las causas por las cuales el contribuyente puede optar por introducir el recurso ante las autoridades competentes. Se afirma que el Recurso Contencioso Tributario tiene su origen en el Recurso Contencioso Fiscal, el cual se encontraba establecido en la Ley de Impuesto sobre la Renta de 1966

El Recurso debe interponerse mediante escrito en el cual se fundamentan las razones en que se sustenta la solicitud, es necesario se identifique claramente el acto impugnado y de ser posible anexarlo al escrito, así también todo documento que sirva como base al argumento del interesado para recurrir el acto, expresando además los fundamentos de hecho y derecho que avalan la acción. Estableciendo con suficiente claridad los hechos que se esperan revisar y el objetivo que se persigue con el recurso

La interposición del recurso no es condicionante para suspender los efectos del acto impugnado, para lo cual el interesado debe hacer la solicitud expresa de suspender de manera parcial o total los efectos que el acto recurrido tienen sobre él

Comentarios

Entradas populares de este blog

Amparo Tributario

¿Cuáles son los Recursos Tributarios de Vía Administrativa?